jueves, 1 de marzo de 2012

Oposiciones Maestros: falta de transparencia durante la atención a las reclamaciones


En la atención a las reclamaciones sobre la nota del primer examen de Oposiciones a Maestros no se ha cumplido la normativa aplicable para fomentar la transparencia en las actuaciones de los Tribunales de selección.

 Durante la atención a las reclamaciones no se ha cumplido la normativa aplicable para fomentar la transparencia en las actuaciones de los Tribunales de selección en exámenes escritos, según detalla la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, Título III, Capítulo Primero, artículo 23, donde se detallan dichas medidas (Orden 1285/1999, artículo 75).
 En contra de dicha normativa, los Tribunales se han negado a dar detalles sobre los exámenes (notas obtenidas y acceso al examen realizado); de esta forma:
  • el opositor no puede comprobar si los tres exámenes que han sido asignados a sus datos personales, efectivamente le corresponden,
  • se impide conocer las razones por las que no se han superado las pruebas,
  • se dificulta el posterior recurso de alzada, al carecer el opositor de información sobre los criterios de corrección que se han seguido sobre su examen.
Los problemas que se han detectado, durante la atención a las reclamaciones, son los siguientes:
  1. El deficiente sistema de codificación de exámenes + sobres utilizado (y que se ha podido constatar en la apertura de plicas), basado en numeraciones muy sencillas que no preservan anonimato pero que son diferentes para un mismo opositor en cada uno de los tres exámenes, ha provocado confusiones entre exámenes y sobres de datos. De hecho, varios de los opositores están convencidos de que algunos de los exámenes sobre los que el Tribunal les daba explicaciones en la atención a las reclamaciones, no era el suyo. En todos los casos, el Tribunal se ha negado a mostrar el mismo, por lo que han quedado sin aclarar las posibles confusiones.
  2. Existen dudas sobre el funcionamiento del programa que calcula los aprobados a partir de las notas de los tres exámenes; la negativa de los Tribunales a informar del detalle de las notas obtenidas impide verificar que no existen errores.
  3. Los criterios de calificación que han expuesto los Tribunales en la revisión eran arbitrarios, lo que explica las importantes diferencias entre el número de aprobados entre Tribunales (por ejemplo, 2 aprobados en un Tribunal y en otro, de la misma especialidad, 40 aprobados).
 Por tanto, es imprescindible que, a la mayor brevedad, la Consejería facilite a los interesados una copia de las notas y del examen, tal y como se recoge en la Normativa Aplicable en la convocatoria de la oposición.

Juan Fernández

2 comentarios:

  1. No me extraña lo más mínimo, en línea con la ideología NeoCon. Así que no tardeis en reclamar, porque a esta gente, no les gusta que fiscalizen su gestión, por lo que me da que en breve intentarán quitarse de encima mecanísmos de control, que les incomoden. Como podrían ser los defensores del pueblo autonómicos; que son los mas guerreros; o las estaciones de medición de contaminación, con sus resultados incovenientes. Para ellos no somos más que unos pseudocomunistas pobres.

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  2. Ante las irregularidades detectadas en las reclamaciones exámenes Oposiciones Maestros, la Consejería insiste en la discrecionalidad/autonomía de los Tribunales de selección a pesar de las sentencias del Tribunal Supremo sobre los límites de los mismos.

    Como ya adelantó la Subdirección General de RR.HH en la Mesa Sectorial del pasado 16 Feb, el argumento que va a ser utilizado tanto en la respuesta a las irregularidades del examen 26 Noviembre como en la respuesta a los recursos de alzada individuales, va a ser el derecho a la discrecionalidad técnica y a la autonomía en los Tribunales de selección.

    Sin embargo, el Tribunal Supremo (ver enlace C) ha emitido varias sentencias donde se reitera el control judicial de los tribunales calificadores, y se permite la admisión de pruebas periciales en el proceso contencioso-administrativo, que desvirtúen la presunción de certeza del Tribunal administrativo calificador (especialmente en todo lo relativo a las actuaciones que incumplan los principios de mérito y capacidad, igualdad, y transparencia en las actuaciones de la Administración Pública).

    Se adjunta documento resumen con las irregularidades recogidas en el proceso de corrección de exámenes y de atención a las reclamaciones, sobre la primera prueba de las Oposiciones Maestros. Por este motivo, y ante la falta de respuesta y transparencia de la Consejería de Educación, es preciso exigir que se conserven los exámenes realizados, al objeto de que pueden ser sometidos al previsible control judicial.

    A) Resumen irregularidades del proceso de corrección de exámenes y de atención a las reclamaciones
    https://docs.google.com/open?id=0B4ZT2rN-p9t0T0FJZTJKLVlTZGFGclNwM1EyTHU0dw

    B) Resumen actualizado irregularidades examen 26-Noviembre
    https://docs.google.com/open?id=0B4ZT2rN-p9t0WnRSZDFSbXlTdVdVZHRla2lISk5odw
    C) Sentencias Tribunal Supremo sobre límites discrecionalidad técnica de los Tribunales de selección
    http://contencioso.es/2007/09/08/relampago-jurisprudencial-control-pleno-de-oposiciones-y-concursos/
    http://www.cemci.org/revista/revista8/pdf/doc3.pdf

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