miércoles, 21 de septiembre de 2011

Importante: profesores interinos que no cobraron el verano

En el tablón de anuncios de la DAT Sur han publicado un anuncio del Juzgado Contencioso-administrativo (está en los tablones según se entra a mano derecha, en los tablones de la izquierda, donde están las citaciones de expectativa) que viene a decir lo siguiente:
Presentado recurso contencioso administrativo de don EMG contra la resolución 2208/2011 de la Consejería de Educación en la que se resuelve el recurso de alzada contra los efectos de finalización de su nombramiento como interino docente….. se emplaza a todos los interesado en dicho procedimiento a presentarse en el plazo de 9 DÍAS en el juzgado Contencioso-administrativo nº 32 de la Calle Princesa nº 31.

  • POR FAVOR SI ALGUIEN DISPONE DE  MÁS INFORMACIÓN QUE NOS LA COMUNIQUE. GRACIAS
  • UN COMPAÑERO  QUE HA PASADO POR LOS JUZGADOS NOS DICE QUE ES NECESARIO EL NÚMERO DEL RECURSO O EL NOMBRE DE QUIEN LO HA INTERPUESTO, PARA PODER SUMARSE A ÉL

6 comentarios:

  1. Yo estoy afectado y voy a personarme, pero ¿podeis ampliar la información? Sobre todo hecho de menos saber que hay que llevar, el nombramiento, el recurso (los que lo hicimos) ¿? Tambien sería bueno poner el día en que se realizó el anuncio para saber cuando terminan los 9 días

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  2. hola:
    Alguien puede dar algo más de información?
    ¿Qué hay que llevar?
    Yo me pasaré el viernes por la mañana.

    Fercebe

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  3. Acabo de venir del juzgado y ellos no saben nada, les he enseñado este post y nada (ya han pasado más compañeros por el juzgado).

    Me han dicho que, con los datos que tenemos, es muy dificil encontrar el contencioso en el que nos tenemos que personar, para encotrarlo tendríamos que llevar el NUMERO DE CONTENCIOSO o el NOMBRE DE LA PERSONA una vez encontrado solo necesitamos nuestro DNI.

    Seguiremos buscando

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  4. Este es el cartel que hay en la DAT:

    Procedimiento Abreviado 523/2011
    Recurrentes: D. Enrique Martínez Olmeda
    Destinatario: Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria

    Visto el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto D. Enrique Martínez Olmeda por contra la resolución, de fecha 22 de agosto de 2011, de la Viceconsejera de Organización Educativa, por ia que se resuelve el recurso de alzada interpuesto contra los efectos de finalización de su nombramiento como funcionario interino docente, y de conformidad con el art. 49.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencíoso-Administrativa, en relación con el art. 59.5b de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y dei Procedimiento Administrativo Común, se emplaza a todos los interesados en dicho procedimiento para que puedan personarse en el plazo de NUEVE DtAS ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo N° 32, C/ Princesa n° 31, de Madrid, si a su derecho conviniere.

    Asimismo se indica que la Vista se celebrará el día 10 de octubre de dos mil doce, a las 09:45 horas.

    Madrid, 13 de septiembre de 2011
    Director General de Recursos Humanos

    Fdo. Miguel J- Zurita Becerni

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  5. Lo que veis en el post anterior, es que me he pasado por la DAT sur, he fotografíado el cartel y lo he pasado por el OCR, e vualá!!! el texto del cartel en vuestro internet... el cartel está en un tablon de anuncios público por lo que no hay problema de colgarlo aquí.

    Claro que uno no tiene ni idea de leyes y es ahora cuado le surgen las dudas:

    1.- El plazo, si son días habiles (que no lo sé) termina el lunes (contando después de su publicación)

    2.- El dinero, si esto es un juicio formal tendremos que llevar abogado y a lo mejor procurador, aunque nos puedan dar uno de oficio

    3.- ¿Esto es para que nos presentemos todos los afectados o los posibles testigos de este hombre?

    Como digo no tengo ni idea de leyes, pero aún así creo que mañana iré a apuntarme, y si me equivoco ya tendré tiempo para rectificar.

    Salu2

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  6. He hablado con un abogado conocido y me ha dicho que personarse sirve para estar informado del caso, no implica que si este hombre gana su juicio vayan a pagar el verano a todos los "personados".

    Para que nos paguen a cada uno tendríamos que personarnos y agenciarnos abogado y procurador, y eso tiene su costo (tambien podemos conseguir uno de oficio), o poner nuestro propio juicio (con un coste similar).

    Salu2

    Pd.: Al final casi he hecho de este post el mio, las dudas que tenía, que ya no creo que haya más, eran las típicas de alguien que no sabe nada de leyes ni de procedimientos, pero me ha parecido interesante colgar la información segun iba apareciendo, por que seguro que hay mucha gente como yo que al leer el primer mensaje pensaba que iban a retractarse como por arte de magia (que ilusos somos todos a veces) y posterior mente al ver el mensaje colgado en la DAT, y releerlo tres veces, se ha quedado como si leyera una mezcla entre chino y castellano.

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