El pasado sábado, El Consejo de
Ministros aprobó el Real
Decreto 881/2012, de 1 de junio, de modificación de la disposición
adicional primera del Real
Decreto 1146/2011, de 29 de julio, sobre el calendario de implantación
del régimen de Enseñanza Secundaria Obligatoria (E.S.O.).
Con la aprobación de esta
modificación se retrasa la aplicación de aquellos aspectos del Real Decreto de
2011 cuya implantación no resultaba obligatoria en el presente curso 2011-2012,
pero sí en el curso 2012-2013, hasta el curso académico 2014-2015 (excepto en
las Comunidades Autónomas que hubiesen anticipado su implantación al curso
2011-2012). El nuevo Real Decreto de modificación afecta a:
- la implantación del nuevo 4º curso de la ESO,
- la implantación del nuevo 4º curso de la ESO,
- los nuevos Programas de Cualificación
Profesional Inicial.
El porqué de la demora, según el propio Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: en primer lugar porque las medidas adoptadas no serán eficaces en la consecución de la reducción del abandono escolar temprano; en segundo lugar, por el elevado coste económico (no analizado convenientemente) que supone la implantación de las medidas previstas y que las Comunidades Autónomas no están en condiciones de afrontar en estos momentos.
Diversos “medios” afirman que el retraso en esta aplicación se convertirá, probablemente, en una “suspensión indefinida”, a la espera de la aprobación de la reforma educativa que presentará el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte próximamente.
Ver Real Decreto 881/2012, de 1 de junio, de modificación de la disposición adicional primera del Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, sobre el calendario de implantación del régimen de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
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